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Acceso a fincas rústicas: ¿Qué es la servidumbre de paso?

que es la servidumbre de paso

La servidumbre de paso es el derecho de un propietario de una finca rústica, que esté ubicada entre otras dos fincas y sin acceso a camino público, a pasar por alguna de las fincas contiguas.

Este derecho está regulado en el artículo 564 y siguientes del Código Civil, donde se establece no solo la descripción de este derecho, sino también las limitaciones y condiciones.

¿Cómo se establece la servidumbre de paso?

La servidumbre de paso requiere de un contrato, en el que se estipulan todas las condiciones de este derecho, en base a las necesidades de los propietarios de las fincas rústicas.

En este contrato se identifica también la indemnización que se debe pagar al propietario de la finca rústica, a cambio de poder ejercer este derecho.

No obstante, el contrato no es la única manera de establecer la servidumbre de paso, sino que también se puede obtener mediante estas formas:

  • Por una sentencia judicial.
  • Por escritura de reconocimiento del dueño de la finca rústica por donde se va a poder pasar.
  • Por destino del padre de familia.
  • Por prescripción inmemorial anterior a 1889.

Límites de la servidumbre de paso

La servidumbre de paso no puede establecerse por prescripción adquisitiva, es decir, porque pase el tiempo y no se haya pagado indemnización hasta el momento.

Esta es una situación bastante común entre fincas rústicas que están en esta situación. Por costumbre se deja el paso hasta que llega un momento en el que se requiere indemnización y se plantea si esto es legal o no.

Efectivamente, la servidumbre de paso requiere de una indemnización, que se establece junto con el resto de condiciones del contrato entre las partes.

Condiciones de la servidumbre de paso

En el contrato de la servidumbre de paso se establece no solo la indemnización, sino también la anchura que se puede aprovechar.

Esta anchura se identifica en metros y será la que se necesite para poder pasar con todos los materiales y maquinaria, desde la finca rústica origen hasta el camino público.

Por otro lado, la servidumbre de paso no tiene normalmente una fecha de extinción, pero sí puede extinguirse si se abre un camino que sí dé acceso a la finca rústica original, así como también porque llegue un momento en el que ya no se necesite.

Paso entre fincas rústicas por reparación y/o construcción

Hay una excepción a la servidumbre de paso, que es cuando se necesita reparar alguna parte de la finca rústica o bien para construir algo en ella.

En este caso no se requiere un contrato de servidumbre de paso, ya que el propietario de la finca rústica original sí tiene derecho de pasar por las otras fincas.

No obstante, ese derecho se limita a la maquinaria y todos los elementos necesarios para la reparación y/o construcción y se deberá pagar una indemnización a los dueños de las otras fincas rústicas, por los daños y perjuicios en caso de que se produzcan.

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